La Agencia Tributaria (AEAT) ha lanzado un nuevo servicio en su sede electrónica para simplificar y agilizar ciertos trámites relacionados con sanciones tributarias, recargos e intereses de demora por la presentación tardía de autoliquidaciones.
Este servicio es voluntario. Una vez que el contribuyente reciba una notificación sobre una propuesta de sanción tributaria o recargo/intereses de demora, podrá acceder a la sección ‘MIS EXPEDIENTES’ en la sede electrónica de la AEAT. En esta sección, se presentarán tres opciones que se activarán progresivamente según el uso que se haga de cada una:
- Conformidad Expresa a la Propuesta: El contribuyente puede expresar su conformidad con la propuesta recibida, lo que generará un documento oficial de dicha conformidad.
- Resolución Inmediata del Procedimiento: El contribuyente puede obtener de inmediato la resolución del procedimiento, junto con la carta de pago de la sanción, recargo o intereses de demora. Esta opción solo está disponible si previamente se ha prestado conformidad en sede, y no altera los plazos de pago ni los de recurso.
- Pago de la Deuda: Una vez utilizadas las dos primeras opciones, el contribuyente puede acceder a los servicios de pago en la sede electrónica de la AEAT, permitiendo realizar el pago mediante adeudo en cuenta o con tarjeta de crédito/débito, y descargar el justificante del pago.
Para acceder a este servicio, es necesario contar con Cl@ve Móvil, certificado digital o DNI electrónico.
Si el contribuyente decide no utilizar este servicio, el procedimiento seguirá los plazos habituales de resolución. |
Se recomienda que, antes de utilizar este servicio y prestar conformidad a los hechos considerados infracción, el contribuyente consulte con su asesor fiscal para evaluar las posibles implicaciones de dicha decisión. |